| Para
proteger tu viaje ante cualquier imprevisto que te pueda surgir
y en cumplimiento de la Ley General de Defensa de Consumidores
y Usuarios y Ley de Viajes combinados, Arawak te ofrece
un seguro de anulación con la compañía
aseguradora EUROPEA DE SEGUROS que cubre el importe
completo del viaje. Su contratación debe realizarse
imprescindiblemente en el momento de la contratación
del viaje y sus causas de cobertura son:
Fallecimiento, accidente corporal grave o enfermedad grave:
- Del ASEGURADO, su cónyuge, pareja de hecho inscrita
como tal en un Registro de carácter oficial, local,
autonómico o nacional o de alguno de sus ascendientes
o descendientes de primer grado o segundo grado de consanguinidad
(padres, hijos, abuelos o nietos) de un hermano o una hermana,
cuñado o cuñada.
- De la persona encargada durante el viaje de la custodia
de los hijos menores de edad o disminuidos.
- Del sustituto profesional.
En relación con el ASEGURADO, por enfermedad grave
se entiende una alteración de la salud que implique
hospitalización o necesidad de guardar cama, dentro
de los 7 días previos al viaje, y que médicamente
imposibilite el inicio del viaje en la fecha prevista.
Cuando la enfermedad afecte a alguna de las personas citadas,
distinta del ASEGURADO, se entenderá como grave cuando
implique hospitalización o conlleve riesgo de muerte
inminente.
Por accidente grave se entiende, un daño corporal
no intencionado por parte de la víctima, proveniente
de la acción súbita de una causa externa y que
a juicio de un profesional médico, imposibilite la
iniciación del viaje del ASEGURADO en la fecha prevista,
o conlleve riesgo de muerte para alguno de los familiares
citados.
Convocatorias, como parte, testigo o jurado de un Tribunal
Civil o Penal.
Presentación a exámenes de oposiciones oficiales
convocadas a través de un organismo estatal autonómico
o municipal.
Daños graves ocasionados por incendio, explosión,
robo o por la fuerza de la naturaleza, en la residencia principal
o secundaria del ASEGURADO, o en sus locales profesionales
si el ASEGURADO ejerce una profesión liberal o dirige
una empresa y fuese necesaria imperativamente su presencia.
Despido profesional del ASEGURADO, no disciplinario.
Incorporación a un nuevo puesto de trabajo en una empresa
distinta a la que desempañaba el trabajo, con contrato
laboral y siempre que dicha incorporación se produzca
con posterioridad a la inscripción del viaje y por
lo tanto a la suscripción del seguro.
Cuarentena médica a consecuencia de un suceso accidental
Acto de piratería aérea que imposibilite al
ASEGURADO iniciar su viaje en las fechas previstas.
Declaración de zona catastrófica en el lugar
del domicilio del ASEGURADO o en el de destino del viaje.
Llamada para intervención quirúrgica del ASEGURADO,
así como las pruebas médicas previas a dicha
intervención.
Declaración de la renta realizada paralelamente, efectuada
por el Ministerio de Hacienda que dé cómo resultado
un importe a pagar por el ASEGURADO superior a 600 €.
Necesidad de guardar cama el ASEGURADO, su cónyuge,
o pareja de hecho inscrita como tal en un Registro de carácter
oficial, local, autonómico o nacional por prescripción
médica como consecuencia de un embarazo de riesgo,
siempre que este haya comenzado después de la contratación
de la póliza, o aborto natural
Convocatoria como miembro de una mesa electoral.
Complicaciones graves en el estado del embarazo que, por prescripción
médica, obliguen a guardar reposo o exijan la hospitalización
del ASEGURADO, su cónyuge o pareja de hecho inscrita
como tal en un Registro de carácter oficial, local,
autonómico o nacional, siempre que dichas complicaciones
se hayan producido después de la contratación
de la póliza y pongan en grave riesgo la continuidad
o el necesario desarrollo de dicho embarazo.
Parto prematuro de la ASEGURADA.
Anulación de la persona que ha de acompañar
al ASEGURADO en el viaje, inscrita al mismo tiempo que el
ASEGURADO y asegurada por este mismo contrato, siempre que
la anulación tenga su origen en una de las causas enumeradas
anteriormente y debido a ello, tenga el ASEGURADO que viajar
solo.
EXCLUSIONES
No se garantizan las anulaciones y reembolsos de viaje
que tengan su origen en:
a) Tratamientos estéticos, revisiones periódicas,
curas, contraindicaciones de viajes aéreos, vacunaciones,
la imposibilidad de seguir en ciertos destinos el tratamiento
medicinal preventivo aconsejado, la interrupción voluntaria
de embarazos.
b) Enfermedades psíquicas, mentales y depresiones sin
hospitalización o que justifiquen una hospitalización
inferior a siete días.
c) Enfermedades que estén siendo tratadas o tengan
cuidados médicos dentro de los 30 días previos,
tanto a la fecha de reserva del viaje, como a la fecha de
inclusión en el seguro.
d) La participación en apuestas, duelos, crímenes,
riñas, salvo en casos de legítima defensa.
e) Epidemias.
f) Terrorismo.
g) La no presentación por cualquier causa de los documentos
indispensables en todo viaje, tales como pasaporte, visado,
billetes, carnet o certificados de vacunación.
h) Complicaciones del estado de embarazo, salvo lo indicado
en el apartado 12,14 y 15 de la presente Garantía de
Gastos de Anulación.
GASTOS DE ANULACIÓN
Esta garantía deberá ser contratada y notificada
no más tarde de la confirmación de la reserva
del viaje.
El precio del seguro de anulación varía
en función del capital asegurado, según se consigna
en la siguiente tabla: |